A petición de Manuel Santamaría Airas, en nombre y representación de la comunidad de herederos de Emilio Santamaría Vilariño, la Consellería de Innovación e Industria, una vez cumplidos todos los preceptos legales y reglamentarios, resuelve lo siguiente:
Declarar la condición de minero-medicinal y termal del agua procedente de las fuentes públicas denominadas Burgas de Arriba número 75.1 y Burgas de Abajo número 75.2, situadas en la parroquia de la Trinidad de la ciudad de Ourense, declaración que queda sujeta a los requisitos establecidos en la Ley 5/1995, de 7 de junio, de regulación de las aguas minerales, termales, de manantial y de los establecimientos balnearios de la Comunidad Autónoma de Galicia.
Ourense, 28 de enero de 2008.
Xosé Antón Jardón Dacal
Delegado provincial de Ourense