DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 215 Miercoles, 08 de noviembre de 2006 Pág. 16.419

III. OTRAS DISPOSICIONES

VICEPRESIDENCIA DE LA IGUALDAD Y DEL BIENESTAR

ORDEN de 3 de octubre de 2006 por la que se convoca un curso de formación sobre especialista en información juvenil con la colaboración de la Escuela Gallega de Administración Pública.

La Vicepresidencia de la Igualdad y del Bienestar es el departamento de la Xunta de Galicia que asume las competencias en materia de bienestar, incluyendo las políticas de juventud, en virtud del Decreto 517/2005, de 6 de octubre, por el que se establece su estructura orgánica.

A la Vicepresidencia de la Igualdad y del Bienestar, a través de la Dirección General de Juventud y Solidaridad, corresponde entre sus funciones la promoción y organización de las actuaciones en materia de información y documentación para la juventud.

Concretamente en relación con la Red Gallega de Información y Documentación Juvenil, de acuerdo con el Decreto 50/2000, de 20 de enero, por el que se refunde y actualiza la normativa vigente en materia de juventud, a través del Centro Coordinador de Información y Documentación Juvenil, le corresponde organizar cursos de formación complementaria del personal de los servicios de información juvenil.

En este contexto la Vicepresidencia de la Igualdad y del Bienestar firmó el 19 de julio de 2006 un convenio de colaboración con la Escuela Gallega de Administración Pública para la organización de cuatro ediciones de un curso de especialista en información juvenil, y tres ediciones del curso de especialista en juventud.

En su virtud, y en el uso de las atribuciones que me fueron concedidas,

DISPONGO:

Artículo 1º.-Objeto.

La presente disposición tiene por objeto aprobar las bases y proceder a la convocatoria del curso de especialista en información juvenil.

Artículo 2º.-Objetivos.

Profundizar en la capacitación de las personas que trabajan en el ámbito de la información juvenil, con el objeto de que obtengan una formación más especializada.

Artículo 3º.-Personal al que va dirigido.

Personal de la Dirección General de Juventud y Solidaridad y de la Red Gallega de Información y Documentación Juvenil.

Artículo 4º.-Criterios de selección.

Tendrá prioridad el personal de la Dirección General de Juventud y Solidaridad de la Red Gallega de Información y Documentación Juvenil que haya hecho el curso básico de información, orientación y asesoramiento a la juventud.

Artículo 5º.-Desarrollo.

El curso consta de tres módulos. Tendrá un carácter semipresencial. Las sesiones presenciales serán obligatorias.

La fase teórica de las cuatro ediciones se desarrollará de diciembre de 2006 a abril de 2007.

5.1. Duración: 300 horas.

150 teóricas y 150 prácticas.

Número de ediciones: 4

5.2. Lugar y fechas:

La realización de las cuatro ediciones se desarrollarán entre de los meses de diciembre de 2006 y diciembre de 2007.

La parte teórica de cada edición se desarrollará en el plazo de tres meses desde el inicio de la primera sesión presencial.

La fecha de la primera sesión presencial de las distintas ediciones del curso será comunicada a los alumnos seleccionados, indicándoles, lugar, día y hora de comienzo.

La fase teórica del curso se desarrollará en modalidad semipresencial y de carácter modular. La parte presencial será obligatoria, y tendrá lugar en el Centro Coordinador de Información y Documentación Juvenil, en Santiago de Compostela.

Las prácticas se realizarán en centros y servicios de información juvenil una vez terminada la parte teórica.

5.3. Nº de plazas: 25 por edición.

Artículo 6.- Contenidos:

* Módulo 1.

50 horas.

Introducción.

Definición de información juvenil. Información juvenil y modelos de servicios.

Breve historia de la información juvenil.

La información juvenil dentro de las políticas de juventud.

La carta europea de información juvenil.

La Red Gallega de Información y Documentación Juvenil. Antecedentes.

Legislación gallega en materia de juventud.

Técnicas de información y documentación juvenil aplicadas a un servicio de información juvenil.

Puesta en funcionamiento de un SIJ.

Habilidades sociales para informadores juveniles.

Información juvenil generalista y especializada.

* Módulo 2.

70 horas.

Información juvenil generealista y especializada.

La sociedad de la información.

Las herramientas y conceptos de trabajo.

Herramientas digitales para la gestión y difusión de la información.

Técnicas y tecnologías del trabajo informativo en los servicios de información juvenil.

La dimensión institucional y ética en la información juvenil.

Nuevos retos para la información de los jóvenes: orientación y asesoramiento.

Las sinergias de cooperación para una información juvenil de calidad.

Marketing y comunicación global en los servicios de información juvenil.

* Módulo 3.

30 horas.

La información juvenil en el ámbito escolar y universitario.

Las políticas de juventud y las políticas de educación.

La juventud y el ámbito educativo: las necesidades informativas de los jóvenes en educación secundaria, bachillerato y universidad.

La información en la universidad.

Cómo se contempla la información en la educación obligatoria.

La juventud en la sociedad de la información. La socialización de las tecnologías de la información y comunicación.

La dimensión institucional y ética de la información juvenil.

* Módulo 4.

150 horas.

Prácticas en una oficina, centro o servicio de información juvenil.

Artículo 7º.-Solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el DOG.

Las solicitudes de admisión al curso se dirigirán al Centro Coordinador de Información y Documentación Juvenil de la Dirección General de Juventud y Solidaridad de la Secretaría General del Bienestar de la Vicepresidencia de la Igualdad y del Bienestar.

Artículo 8º.-Certificaciones de asistencia.

1. Se otorgará el correspondiente certificado de asistencia a los alumnos que participen con regularidad y dedicación en el desarrollo de los cursos. A efectos de evaluar los conocimientos adquiridos por los alumnos, la Vicepresidencia de la Igualdad y del Bienestar o la EGAP podrán fijar la realización de las pruebas que considere oportunas o requerir la presentación de un trabajo final de prácticas.

2. Es obligatoria la asistencia y puntualidad a todas las sesiones de los cursos. Toda ausencia deberá ser justificada debidamente por el interesado. La falta de asistencia, aunque sea justificada, en más del 15% de las horas lectivas presenciales programadas, impedirá la expedición de la certificación anteriormente referida y dará lugar a la baja en el curso con la pérdida de todos los derechos.

Artigo 9º.-Validacións de prácticas e cursos.

Al alumno que lleve más de un año continuado o dos alternos trabajando en una oficina o servicio de información juvenil, le serán convalidadas totalmente las prácticas.

Para la homologación de las prácticas deberán presentar la documentación necesaria que acredite el tiempo trabajado como informador juvenil.

Las personas que hayan hecho el curso básico de información, orientación y asesoramiento a la juventud tendrán convalidado el módulo 1.

Artículo 10º.-Modificaciones.

La Vicepresidencia de la Igualdad y del Bienestar o la EGAP podrán modificar el desarrollo y los contenidos del curso anunciado con el fin de adaptarlos a las necesidades de la Administración, así como a las distintas contingencias que puedan surgir.

Disposición final

Única.-Esta disposición entrará en vigor el día siguiente al de su publicación.

Santiago de Compostela, 3 de outubro de 2006.

Anxo Manuel Quintana González

Vicepresidente de la Igualdad y del Bienestar