Por Orden de 16 de mayo de 2006 se aprobaron las bases que rigen las convocatorias de ayudas correspondientes al Programa de Promoción General de Investigación del Plan Gallego de Investigación, Desarrollo e Innovación Tecnológica y se procedió a su convocatoria para el año 2006.
En dicha orden, en el punto nueve del anexo I (ayudas para grupos de investigación) y en el punto diez del anexo II (ayudas para proyectos de promoción general del conocimiento), se establece que para proceder al libramiento de los fondos y percibir las ayudas correspondientes será necesario presentar en la fecha límite de 31 de octubre de ejercicio correspondiente a la anualidad de que se trate, la documentación requerida. Asimismo, en el punto siete del anexo III (ayudas para publicaciones periódicas), se establece que para proceder al libramiento de la ayuda, deberán presentarse los correspondientes justificantes en la fecha límite de 31 de octubre de 2006. Además, en el punto ocho del anexo IV (ayudas para la organización de congresos y reuniones científicas), se establece que para proceder al libramiento de los fondos y percibir la ayuda correspondiente es necesario presentar en la fecha límite de 10 de noviembre de 2006 la documentación requerida.
Teniendo en cuenta el retraso producido en la resolución de dichas ayudas, motivado por el volumen
de solicitudes presentadas y por el largo proceso de evaluación, y con el fin de viabilizar el proceso de gestión y dado que no se causa perjuicio a terceros,
DISPONGO:
Artículo 1º.-El plazo para la presentación de los justificantes correspondientes a los gastos realizados para cada modalidad de ayuda será regulado en la publicación de la resolución de adjudicación de las mismas que, en todo caso, no podrá ser posterior al 30 de noviembre de 2006 (anexo I, punto nueve; anexo II, punto diez; anexo III, punto siete; anexo IV, punto ocho).
Artículo 2º.-Establecer como fecha límite de presentación de los justificantes correspondientes a los gastos realizados la que se regule en la publicación de la resolución de adjudicación de la ayuda (anexo V) que, en todo caso, no podrá ser posterior al 30 de noviembre de 2006 (punto seis).
Santiago de Compostela, 18 de octubre de 2006.
Fernando Blanco Álvarez
Conselleiro de Innovación e Industria