DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 204 Lunes, 23 de octubre de 2006 Pág. 15.694

III. OTRAS DISPOSICIONES

VICEPRESIDENCIA DE LA IGUALDAD Y DEL BIENESTAR

ORDEN de 9 de octubre de 2006 por la que se modifica la de 6 de abril de 2006, por la que se establecen las bases por las que se regirá la concesión de subvenciones a entidades de iniciativa social para inversión, mantenimiento y promoción de actividades y programas de servicios sociales y se procede a su convocatoria.

La Orden de 6 de abril de 2006, por la que se establecen las bases por las que se regirá la concesión de subvenciones a entidades de iniciativa social para inversión, mantenimiento y promoción de actividades y programas de servicios sociales y se procede a su convocatoria (Diario Oficial de Galicia nº 77, del 21 de abril), establece, en su artículo 5, un importe total disponible para el ejercicio 2006 de 3.794.098 euros destinado a la financiación de las subvenciones que al amparo de la misma podrán ser concedidas a los solicitantes, «sin perjuicio de ulteriores variaciones producidas como consecuencia de la existencia de una mayor disponibilidad presupuestaria».

En consecuencia, ante la existencia de disponibilidades presupuestarias que pueden ser utilizadas para los mismos fines, es necesario ampliar de nuevo el importe de los créditos correspondientes al ejercicio 2006 destinados a la financiación de las subvenciones que podrán ser concedidas al amparo de la referida Orden de 6 de abril de 2006, en la cuantía adicional de 634.996,91 euros, con la finalidad de hacer llegar las subvenciones al mayor número de beneficiarios posible en cuantía suficiente para garantizar la prestación de los servicios sociales.

Por todo lo expuesto y en uso de las facultades que me fueron conferidas,

DISPONGO:

Artículo único.

1. Se amplia el importe total correspondiente al ejercicio 2006 destinado a la financiación de las subvenciones que se van a conceder al amparo de la Orden de 6 de abril de 2006, por la que se establecen las bases por las que se regirá la concesión de subvenciones a entidades de iniciativa social para inversión, mantenimiento y promoción de actividades y programas de servicios sociales y se procede a su convocatoria, en las siguientes cuantías y aplicaciones presupuestarias:

05.31.212A.780.2 por importe de 340.205 euros.

05.31.212D.480.0 por importe de 258.478,91 euros.

05.31.212D.480.2 por importe de 10.754 euros.

05.31.212D.480.5 por importe de 25.559 euros.

2. La presente modificación no afecta al plazo establecido en la referida orden para la presentación de solicitudes.

Disposición final

Única.-La presente disposición entrará en vigor el día siguiente al de su publicación.

Santiago de Compostela, 9 de octubre de 2006.

Anxo Manuel Quintana González

Vicepresidente de la Igualdad y del Bienestar