DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 201 Miercoles, 18 de octubre de 2006 Pág. 15.495

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE

RESOLUCIÓN de 22 de septiembre de 2006, de la Dirección General de Conservación de la Naturaleza, por la que se fijan las normas de los sorteos y de la venta de permisos de pesca en cotos para la temporada 2007.

Según establece el artículo 34 del Reglamento de ordenación de la pesca fluvial y de los ecosistemas acuáticos continentales (Decreto 130/1997, de 14 de mayo), los sorteos de permisos de pesca en cotos se realizarán en los servicios provinciales de Conservación de la Naturaleza según la normativa que fije la Dirección General de Conservación de la Naturaleza para cada temporada.

De conformidad con lo anterior, las normas de los sorteos de permisos de pesca en cotos para la temporada 2007 serán las siguientes:

Número de sorteos.

En cada Servicio Provincial de Conservación de la Naturaleza se realizarán dos sorteos, uno para permisos

de salmón y otro para permisos de trucha, incluyéndose en este último, en su caso, los permisos de reo, de pesca intensiva y de pesca sin muerte. De esta forma, el número total de sorteos será de ocho.

Tipos de solicitudes.

Para cada sorteo, podrán presentarse solicitudes individuales o en grupo, con un máximo de tres solicitantes por grupo.

El modelo de solicitud es el que figura en el anexo de la presente resolución. Los impresos de solicitud estarán disponibles en los servicios provinciales de Conservación de la Naturaleza, en esta dirección general o en la página web http://medioambiente.xunta.es/formularios.jsp.

Quien participe sólo podrá figurar en una solicitud para cada uno de los sorteos.

Presentación de las solicitudes.

Podrán presentarse solicitudes escritas en el modelo antes señalado o por medio de una aplicación informática disponible en la página web http://www.xunta.es:444/pescafluvial.

En la admisión de solicitudes se aplicarán las siguientes normas:

1. Solicitudes por escrito.

Se presentarán en un Servicio Provincial de Conservación de la Naturaleza o mediante cualquiera de los procedimientos descritos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Tanto en las solicitudes individuales como en las solicitudes en grupo, deberá figurar la firma de cada solicitante. Asimismo, a cada solicitud se le adjuntará una copia del DNI de cada solicitante.

Las presentadas dentro del plazo establecido pero que sean recibidas por el servicio provincial después del sorteo, se les asignará un número de elección al final de la lista.

2. Solicitudes telemáticas.

Para el acceso al formulario será necesario introducir el DNI y el número de la licencia de pesca fluvial, la vigente o cualquier otra de años anteriores. Para solicitudes en grupo será necesario introducir tanto el DNI como el número de la licencia de la totalidad de participantes.

La dirección para notificaciones será el que figura en la licencia.

3. Duplicidad de solicitudes en un mismo sorteo.

El acceso a las solicitudes telemáticas quedará bloqueado después de que esté registrada una primera solicitud.

En el caso de que un mismo DNI conste en una solicitud telemática y en una solicitud escrita, se anulará la solicitud telemática.

En el caso de que un mismo DNI conste en varias solicitudes escritas, se anularán las más antiguas, prevaleciendo siempre la última fecha de registro de entrada.

En el caso de solicitudes en grupo, las anulaciones afectarán únicamente a aquellos DNI repetidos.

No se considerarán duplicidades cuando las solicitudes presentadas tengan por objeto diferentes sorteos.

4. Plazo de presentación de las solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el día siguiente al de la publicación de esta resolución y acabará el 11 de noviembre de 2006 a las 14.00 horas.

5. Consulta de la admisión de solicitudes.

Las solicitudes admitidas, después de su introducción en la aplicación informática, podrán ser consultadas en la página web http://www.xunta.es:444/pescafluvial. Para acceder a la consulta será necesario introducir el DNI.

Realización de los sorteos.

En cada sorteo, las solicitudes se numerarán correlativamente, comenzando por el 1, según el orden de entrada en la aplicación informática.

Los sorteos serán públicos. En cada sorteo se dispondrá de un conjunto de números coincidentes con los de las solicitudes. Del conjunto de números se extraerá uno aleatoriamente. La solicitud que se corresponda con el número extraído será la primera en elegir, continuándose la elección por orden correlativo hasta finalizar la lista y seguir a partir del 1.

Los sorteos tendrán lugar en los servicios provinciales de Conservación de la Natureza el día 15 de diciembre de 2006 a las 12.00 de la mañana.

Resultados de los sorteos.

Los resultados de los sorteos podrán consultarse en la página web http://www.xunta.es:444/pescafluvial. Para acceder a la consulta será necesario introducir el DNI.

Asimismo, a cada solicitante se le notificará el día y la hora en la que podrá escoger los permisos. En el caso de solicitudes en grupo sólo recibirá la notificación quien figure en primer lugar.

Elección de permisos.

Para la elección de permisos, los servicios provinciales establecerán grupos de cotos. El listado de los grupos de cotos será expuesto en el tablón de anuncios de cada servicio provincial y en la página web http://www.xunta.es:444/pescafluvial. Con las notificaciones de los resultados de los sorteos se remitirá una copia de este listado.

A la hora de la elección, cada solicitante sólo podrá seleccionar dos permisos en cada grupo de cotos, de los que sólo uno podrá corresponderse con un sábado, domingo o festivo. En los sorteos de salmón de Lugo y Pontevedra sólo se podrá escoger un permiso por cada grupo de cotos.

En la página web http://www.xunta.es:444/pescafluvial podrá consultarse en tiempo real el número de permisos disponibles en cada coto y para cada jornada de pesca.

La elección podrá realizarse por cualquiera de los siguientes medios:

1. Personalmente en el servicio provincial que corresponda.

2. Mediante llamada telefónica al número que se indique en la notificación, en la que también se señalarán la fecha y rango horario en el que deberá realizarse esta llamada.

Segunda vuelta.

Una vez finalizada la elección, los permisos sobrantes y los no retirados en los plazos fijados serán incluidos en una segunda vuelta de elección.

El orden de elección será en sentido inverso al de la primera vuelta. Con la notificación de los resultados del sorteo se facilitará la fecha y la hora de elección de la segunda vuelta.

En cuanto a los grupos de cotos y al número de permisos, regirán las mismas normas que en la primera vuelta.

Venta libre.

Los permisos no escogidos y aquellos no retirados en los plazos fijados serán puestos a la venta en los servicios provinciales de Conservación de la Naturaleza hasta 10 día naturales antes del comienzo de la temporada de cada especie. Para la adquisición de estos permisos no será necesario haber participado en el sorteo.

Se mantendrán las mismas normas que en el sorteo, sin embargo el límite en cuanto al número de permisos será diario, de tal forma que una determinada persona sólo podrá adquirir permisos una vez al día.

Finalizado el plazo anterior, los permisos disponibles se pondrán a la venta de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 del Reglamento de ordenación de la pesca fluvial y de los ecosistemas acuáticos continentales (Decreto 130/1997, de 14 de mayo).

Expedición de permisos.

En el plazo de 10 días naturales, contados desde la fecha de la elección, los permisos seleccionados deberán ser pagados en una entidad bancaria y recogidos en el servicio provincial.

En cada servicio provincial se facilitarán los impresos de liquidación de precios públicos/privados, necesarios para el pago del importe de los permisos en las oficinas bancarias autorizadas. Asimismo, estos impresos serán remitidos con las notificaciones de los resultados de los sorteos.

En los casos en que no se retiren los permisos personalmente, el pago se deberá acreditar remitiendo por fax al servicio provincial la copia para la Administración del impreso de liquidación debidamente cumplimentado. En estos casos, los permisos serán remitidos por correo a la dirección que conste en la solicitud.

Otras normas.

La normativa de funcionamiento de los cotos será la que establezca la orden anual que regula los períodos hábiles de pesca y normas relacionadas con ella en las aguas continentales de la Comunidad Autónoma de Galicia durante la temporada de 2007. Los permisos serán otorgados con esta condición y sin que los posibles cambios en la normativa puedan dar lugar a cambios de permisos, excepto en el caso concreto de que se prohiba la práctica de la pesca en la fecha o en el coto obtenido.

Según lo establecido en el artículo 7.3º del Reglamento de ordenación de la pesca fluvial y de los ecosistemas acuáticos continentales (Decreto 130/1997), los permisos de pesca tienen carácter personal e intransferible. Después de la expedición de un permiso, no se podrá anular ni transferir a otra persona ni obtener el reintegro de su importe, excepto en el caso previsto en el párrafo anterior.

Santiago de Compostela, 22 de septiembre de 2006.

Xosé Benito Reza Rodríguez

Director general de Conservación de la Naturaleza

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