DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 199 Lunes, 16 de octubre de 2006 Pág. 15.334

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Y JUSTICIA

ORDEN de 4 de octubre de 2006 por la que se clasifica de interés social la Fundación Adolfo Sobrino para el desarrollo y aprovechamiento sostenible de los recursos naturales en Galicia.

Visto el expediente de clasificación de la Fundación Adolfo Sobrino para el desarrollo y aprovechamiento sostenible de los recursos naturales en Galicia con domicilio en Xares-A Veiga (Ourense).

Supuestos de hecho.

1. José Luis Sánchez Mancebo formuló solicitud de clasificación a efectos de su inscripción en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego.

2. La fundación fue constituida en escritura pública otorgada en Madrid, el día veintitrés de diciembre de dos mil cinco, ante la notaria Palmira Delgado Martín, con número de protocolo mil ochocientos cuarenta y tres, por Adolfo Sobrino Murias, Gema Orbegozo Olaizola, Elena Sobrino Orbegozo, María Sobrino Orbegozo, todos ellos intervienen en su propio nombre y derecho. Esta escritura fue subsanada por otra posterior otorgada ante la misma notaria en fecha veintitrés de marzo de dos mil seis, con número de protocolo setecientos veintidós, que contiene la nueva redacción de los estatutos de la fundación.

3. Según consta en el artículo seis de sus estatutos, la fundación tiene por objeto fomentar la protección, la conservación y el ordenado aprovechamiento sostenible de las especies cinegéticas y la defensa del medio ambiente de Galicia.

4. El patronato de la fundación estará integrado por Adolfo Sobrino Murias como presidente, Gema Orbegozo Olaizola como tesorera, Jorge Bernad Danzberger como secretario y Elena Sobrino Orbegozo y María Sobrino Orbegozo como vocales.

5. La comisión integrada por los secretarios generales de todas las consellerías eleva al conselleiro de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia propuesta de clasificación como de interés social de la Fundación Adolfo Sobrino para el desarrollo y aprovechamiento sostenible de los recursos naturales en Galicia por lo que dado su objeto y finalidad, viéndose cumplidos los requisitos exigidos en la Ley 7/1983, de 22 de junio, y en la Ley 11/1991, de 8 de noviembre, de reforma de la ley anterior, de régimen de las fundaciones de interés gallego, y según establece el artículo 32.1º y 2º del Decreto 248/1992, de 18 de junio, por el que se aprueba el reglamento de organización y funcionamiento del protectorado de las fundaciones de interés gallego, procede su clasificación como de interés social y su adscripción a la Consellería de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible.

Fundamentos de derecho.

1. El artículo 34 de la Constitución española reconoce el derecho de fundación para fines de interés general

de acuerdo con la ley, y el artículo 27.26º del Estatuto de autonomía para Galicia le otorga competencia exclusiva sobre el régimen de las fundaciones de interés gallego.

2. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 32.2º c) del Decreto 248/1992, de 18 de junio, por el que se aprueba el reglamento de organización y funcionamiento del protectorado de las fundaciones de interés gallego, corresponde a esta consellería la clasificación de la fundación y la adscripción a la consellería correspondiente, que ejercerá plenamente el protectorado sobre ella.

3. A la vista de lo que antecede, se pueden considerar cumplidas las finalidades tanto legales como reglamentarias establecidas para el caso, de acuerdo con la propuesta realizada por la Comisión de Secretarios Generales en su reunión del día dos de octubre de dos mil seis.

Vista la Constitución española de 1978, el Estatuto de autonomía de Galicia (Ley orgánica 1/1981, de 6 de abril); la Ley 7/1983, de 22 de junio, y la Ley 11/1991, de 8 de noviembre, de reforma de la anterior, de régimen de las fundaciones de interés gallego, así como las demás normas de desarrollo y de general aplicación.

En su virtud,

DISPONGO:

Clasificar de interés social la Fundación Adolfo Sobrino para el desarrollo y aprovechamiento sostenible de los recursos naturales en Galicia adscribiéndola a la Consellería de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible de la Xunta de Galicia, que ejercerá plenamente el protectorado sobre ella.

Santiago de Compostela, 4 de octubre de 2006.

José Luis Méndez Romeu

Conselleiro de Presidencia, Administraciones

Públicas y Justicia