DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 198 Viernes, 13 de octubre de 2006 Pág. 15.273

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE PESCA Y ASUNTOS MARÍTIMOS

ORDEN de 5 de octubre de 2006 por la que se hace pública la ampliación del importe existente para la concesión de las ayudas para la creación, renovación, modernización e innovación tecnológica de las empresas de manipulación, transformación, conservación, tratamiento y comercialización de los productos de la pesca, el marisqueo y la acuicultura convocadas por la Orden de 3 de enero de 2006.

La Orden de 3 de enero de 2006 por la que se modifica la de 17 de julio de 2000, por la que se establecen las bases y condiciones y se regula el procedimiento de concesión de ayudas para la creación, renovación, modernización e innovación tecnológica de las empresas de manipulación, transformación, conservación, tratamiento y comercialización de los productos de la pesca, el marisqueo y la acuicultura, y se particulariza para el ejercicio 2006 dicho procedimiento, tramitada como expediente anticipado de gasto (DOG nº 7, del 11 de enero de 2006 ), establece en su artículo 1 el importe de la cuantía máxima de las ayudas que al amparo de la misma podrán ser concedidas a sus solicitantes.

Una vez revisados los expedientes presentados al amparo da dicha orden, se comprobó que el importe total solicitado de estas ayudas superaba con creces la existencia de crédito, lo que haría imposible atender la demanda de la mayor parte de las solicitudes presentadas.

Non obstante, y como consecuencia de que con posterioridad a la publicación de la orden fue aprobada una incorporación de crédito, el importe inicialmente dotado puede ser incrementado, lo que permitiría llevar ayudas a un mayor número de beneficiarios.

Teniendo en cuenta lo indicado en el artigo 1 de la Orden de 3 de enero de 2006, el crédito inicial podrá ser ampliado en función de las disposiciones presupuestarias, sin que eso de lugar a la apertura de un nuevo plazo de presentación de solicitudes, salvo indicación expresa en contrario en la orden que se publique para su efecto.

Considerando todo lo dicho anteriormente, es por lo que es necesario ampliar el importe de la cuantía máxima de las ayudas, que podrán ser concedidas al amparo de la referida Orden de 3 de enero de 2006 con la finalidad de llevar las mismas al mayor número de beneficiarios posible.

Por todo lo expuesto y en el uso de las facultades que me fueron conferidas

DISPONGO:

Artículo único.

Primero.-Se amplía el importe de la cuantía máxima de las ayudas que se van a conceder al amparo de la Orden de 3 de enero de 2006 (DOG nº 7, del 11 de enero) en 1.016.423,40 euros, con cargo a la aplicación 14.03.721B.770.0 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Segundo.-La presente modificación no afecta al plazo establecido en dicha orden para la presentación de solicitudes.

Disposición final

Única.-Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 5 de octubre de 2006.

Carmen Gallego Calvar

Conselleira de Pesca y Asuntos Marítimos