DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 191 Martes, 03 de octubre de 2006 Pág. 14.810

III. OTRAS DISPOSICIONES

AGENCIA PARA LA CALIDAD DEL SISTEMA UNIVERSITARIO DE GALICIA

RESOLUCIÓN de 21 de septiembre de 2006 por la que se publican los acuerdos del Consejo de Dirección de la Agencia para la Calidad del Sistema Universitario de Galicia, de delegación de competencias en su presidente y en el director de la Agencia para la Calidad del Sistema Universitario de Galicia.

La importancia creciente que se otorga a la mejora de la calidad del sistema universitario redunda, consecuentemente, en un progresivo aumento de las atribuciones de la Agencia para la Calidad del Sistema Universitario de Galicia (ACSUG).

Teniendo en cuenta esta realidad, y a fin de conseguir la máxima agilidad posible en la tramitación de los expedientes de distinta naturaleza y en aras a fomentar la eficacia y la calidad en la prestación de los servicios que ofrece la Agencia, se hace preciso una reestructuración funcional, a través de la correspondiente delegación.

En consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y con las limitaciones en ella previstas, el Consejo de Dirección de la Agencia para la Calidad del Sistema Universitario de Galicia, en su reunión de fecha 21 de septiembre de 2006, procedió a acordar la correspondiente delegación de competencias.

Estas delegaciones de competencias, a tenor de lo establecido en el apartado 3º del artículo 13 de la Ley 30/1992, se deben publicar en el Diario Oficial de Galicia, por lo que, una vez reunido el Consejo de Dirección, en su virtud

DISPONGO:

Artículo primero.-Se acuerda la delegación en el presidente del Consejo de Dirección de la Agencia para la Calidad del Sistema Universitario de Galicia de las siguientes competencias que corresponden al Consejo de Dirección de la Agencia para la Calidad del Sistema Universitario de Galicia:

-Las convocatorias para la evaluación o informe para la contratación como profesor universitario por las universidades integrantes del Sistema Universitario de Galicia previsto por el Decreto 270/2003, de 22 de mayo, regulador de la Agencia para la Calidad del Sistema Universitario de Galicia.

-Las convocatorias para la evaluación previa a la asignación de las retribuciones adicionales relativas a los complementos regulados por el Decreto 55/2004, de 4 de marzo, por el que se establecen las retribuciones adicionales vinculadas a méritos adicionales docentes, investigadores y de gestión del profesorado universitario.

Artículo segundo.-Se acuerda la delegación en el director de la Agencia para la Calidad del Sistema Universitario de Galicia de las siguientes competencias que corresponden al Consejo de Dirección de la Agencia para la Calidad del Sistema Universitario de Galicia, en relación a los distintos procedimientos administrativos tramitados ante la Agencia para la Calidad del Sistema Universitario de Galicia:

a) Adopción de resoluciones de archivo de expedientes por presentación de solicitudes fuera de plazo.

b) Adopción de resoluciones acordando tener por desistido al solicitante, y consiguiente archivo de expediente, por no aportación de la documentación requerida a efectos de subsanación, de acuerdo con el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

c) Adopción de resoluciones de inadmisión de expedientes por incumplimiento de requisitos formales.

d) Comunicación de la cualificación automática señalada en el artículo 1.2º de la Orden de 18 de agosto de 2005, por la que se establecen los requisitos y criterios que otorgan, en determinados supuestos, la cualificación automática para ser contratado como personal docente e investigador por las universidades de Galicia en las figuras de contratado doctor, profesor de universidad privada, profesor ayudante doctor y profesor colaborador.

Disposición final

Este acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 21 de septiembre de 2006.

Manuel Cecilio Díaz y Díaz

Presidente del Consejo de Dirección de la Agencia

para la Calidad del Sistema Universitario de Galicia