DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 105 Viernes, 02 de junio de 2006 Pág. 8.862

III. OTRAS DISPOSICIONES

VICEPRESIDENCIA DE LA IGUALDAD Y DEL BIENESTAR

ORDEN de 23 de mayo de 2006 por la que se convoca el programa Gzcrea 2006.

El Real decreto 2434/1982, de 24 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de cultura, especifica en su anexo I.B.3.h que aquella asume las

competencias de promoción y organización de actividades de animación sociocultural en el ámbito artístico, artesanal, turístico y de aire libre, dirigidas a los sectores de la juventud, infancia, tercera edad y sectores marginados.

La Vicepresidencia de la Igualdad y del Bienestar en virtud del Decreto 517/2005, de 6 de octubre, por el que se establece su estructura orgánica, es el órgano competente de la Administración autonómica al que le corresponde el ejercicio de las competencias y funciones en materia de, entre otras, el apoyo al desarrollo de la actividad juvenil, que lleva a cabo a través de la Dirección General de Juventud y Solidaridad.

Por lo expuesto, la Vicepresidencia de la Igualdad y del Bienestar, consciente de la importancia que tiene facilitar vías por las que pueda manifestarse la inquietud artística individual y colectiva de la juventud gallega convoca una serie de actividades que abarcan un amplio abanico de manifestaciones de carácter artístico y que constituyen el programa Gzcrea 2006.

Por todo esto,

DISPONGO:

Capítulo I

Parte general

Artículo 1º.-Objeto.

Esta orden tiene por objeto establecer las bases que rigen el programa Gzcrea 2006, que convoca la Vicepresidencia de la Igualdad y del Bienestar y que incluye las especialidades de teatro, artes plásticas, fotografía, moda, música, relato, poesía, vídeo, gastronomía, cómic, graffiti y carteles.

Artículo 2º.-Presupuesto.

Las actividades que impliquen el desarrollo de este programa serán costeadas con cargo a la partida presupuestaria 05.32.355.B.640.1 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2006, con una cuantía de 95.100 A.

Artículo 3º.-Destinatarios.

Podrán solicitar la participación los/las jóvenes gallegos/as o residentes en Galicia, no profesionales, con edades comprendidas entre los 16 y los 30 años de edad cumplidos en el año 2006.

No podrán participar en una especialidad aquellas personas que hubiesen ganado el primer premio de esa misma especialidad en alguna de las ediciones anteriores.

Se entiende por profesional aquella persona que mantiene una relación contractual con alguna empresa vinculada a la especialidad concreta en la que solicita participar llevando a cabo trabajos directamente relacionados con ella, o que está dada de alta como autónomo/a en una actividad que tenga una relación directa con la citada especialidad.

Salvo en el caso de la especialidad de teatro, música, cómic y graffiti, la participación será siempre a título individual.

La participación supone la aceptación total de las condiciones fijadas en esta orden y la Dirección General de Juventud y Solidaridad queda facultada para dirimir cualquier controversia derivada de la interpretación de estas.

La información contenida en este artículo debe ser complementada con lo dispuesto en el capítulo II. (Parte específica).

Artículo 4º.-Inscripciones.

1. La solicitud de los/las participantes deberá hacerse en el impreso normalizado (anexo I).

2. Dicha solicitud irá acompañada:

2.1 En su caso de la obra, o documentación que corresponda, de acuerdo con lo dispuesto en la parte específica para cada especialidad concreta. Tanto en la obra como en la documentación citada no figurarán datos que identifiquen al autor/a.

2.2 De un sobre cerrado en cuyo exterior figurará exclusivamente el título y el pseudónimo del autor/a y en el que irá el boletín de inscripción (anexo II), debidamente cubierto, junto con la siguiente documentación:

-Fotocopia del DNI por las dos caras o de documento oficial que acredite suficientemente la identidad (si el participante es un grupo será la de todos los miembros del grupo). En el caso de teatro, además, la fotocopia del NIF del grupo.

-En el caso de que el participante sea menor de edad, autorización del padre/madre o tutor/a legal para participar en esta convocatoria, así como para cualquier cuestión con ella relacionada.

-En el caso de jóvenes no gallegos/as, residentes en Galicia, además del documento oficial que acredite suficientemente la identidad, certificado de empadronamiento.

-Currículum del participante o del grupo de ser el caso, que deberá presentarse en papel y también en CD (o disquete).

-Declaración responsable en la que quede constancia de que no mantiene relación contractual alguna con empresa vinculada a la especialidad concreta en la que solicita participar llevando a cabo trabajos directamente relacionados con ella, o que no está dada de alta como autónomo/a en una actividad que tenga una relación directa con la citada especialidad.

-Declaración responsable en la que quede constancia de que la obra no fue premiada en ningún otro certamen o concurso.

-En el caso de teatro, moda, música y graffiti certificación original acreditativa del número de cuenta bancaria (veinte dígitos) y de su titular, que en el caso del teatro tendrá que corresponderse con el titular del NIF al que se refiere el primer punto de este párrafo.

3. Las solicitudes podrán presentarse, junto con el resto de la documentación, en el registro de la Vicepresidencia de la Igualdad y del Bienestar o en el

registro de la delegación de la Vicepresidencia de la Igualdad y del Bienestar de la provincia en la que residan habitualmente, que puede ser en:

C/ Durán Loriga, 9-1º, 15071 A Coruña.

C/ Ronda de la Muralla, 70, 27071 Lugo.

Avda. de La Habana, 81-bajo, 32071 Ourense.

C/ Concepción Arenal, 8-1º, 36201 Vigo.

C/ Pai Fernando Olmedo, 1º, 36002 Pontevedra.

Todo esto, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 38.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

La información contenida en este artículo debe ser complementada con lo dispuesto en el capítulo II. (Parte específica).

Artículo 5º.-Plazo de presentación de solicitudes y subsanación de defectos.

1. El plazo de presentación de las solicitudes será hasta el día 15 de septiembre de 2006 inclusive, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia.

2. Si en la solicitud se apreciasen defectos o falta de documentación, por parte de la Dirección General de Juventud y Solidaridad, se requerirá al solicitante para que en el plazo de 10 días enmiende la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciese, se considerará desistido de su petición, de conformidad con lo previsto en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, previa resolución, que será dictada en los términos del artículo 42º.

Artículo 6º.-Comisión de Selección.

Se constituirá una comisión de selección que será nombrada por el vicepresidente de la Igualdad y del Bienestar para cada especialidad y estará integrada por un presidente, un secretario y un máximo de siete vocales. Actuará como presidente el director general de Juventud y Solidaridad o la persona en quien delegue, como vocales actuarán profesionales y expertos de reconocido prestigio en la especialidad concreta que se valore, la secretaría recaerá en un funcionario de la Vicepresidencia de la Igualdad y del Bienestar, con voz pero sin voto.

Los nombres de los integrantes de cada una de las comisiones de selección serán publicados en la página web www.rix.org con anterioridad a las reuniones que se llevarán a cabo.

Las decisiones de la Comisión de Selección serán inapelables.

Artículo 7º.-Tramitación y resolución.

1. Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 5º, las solicitudes que no cumplan los requisitos establecidos en esta orden no serán admitidas a trámite, se dictará al efecto la oportuna resolución.

2. Las demás solicitudes se remitirán a la Comisión de Selección, que examinará y valorará las diferentes obras en función de su calidad, propondrá la adjudicación de tres premios por especialidad y redactará la propuesta de resolución.

Corresponderá dictar la resolución al director general de Juventud y Solidaridad, por delegación del vicepresidente de la Igualdad y del Bienestar.

3. La resolución será notificada a todos los solicitantes en el plazo máximo de seis meses, contados desde el día siguiente al de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia. Transcurrido dicho plazo sin que recaiga resolución expresa, deberá entenderse desestimada la petición correspondiente. Dicha resolución agota la vía administrativa y contra ella podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano que la hubiese dictado en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la notificación de la resolución, si el acto fuera expreso, o en el plazo de tres meses contado a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto, o ser impugnados directamente ante la jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de 2 meses a partir del día siguiente al de la notificación de la resolución, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Artículo 8º.-Obras y premios.

1. Cada participante podrá presentar una obra por especialidad o por modalidad en su caso.

2. Las obras presentadas por los/as participantes no podrán haber sido premiadas en otros certámenes o concursos.

3. La Dirección General de Juventud y Solidaridad quedará eximida de cualquier responsabilidad derivada del plagio o de cualquier transgresión de la legislación vigente en que en materia de propiedad intelectual hayan podido incurrir los/as participantes.

4. Se establecen los siguientes premios por especialidad (teatro, artes plásticas, fotografía, moda, música, relato, poesía, vídeo, gastronomía, cómic, graffiti y carteles):

Un primer premio de 3.000 A.

Un segundo premio de 1.500 A.

Un tercer premio de 1.000 A.

Con carácter general, podrán otorgarse menciones de honor, que carecerán de dotación económica, en las diferentes especialidades a aquellas obras que, a juicio de la comisión seleccionadora, alcancen calidad bastante. Asimismo, se podrán conceder menciones de honor, que carecerán de dotación económica, a las obras de los/as participantes menores de edad a efectos del reconocimiento de su participación.

5. Cada participante no podrá recibir más que un premio por especialidad.

6. Estos premios podrán ser complementados con ayudas económicas de acuerdo con lo dispuesto en la parte específica de cada especialidad.

7. Las cuantías de los premios objeto de esta convocatoria serán únicas y estarán sujetas a las retenciones correspondientes conforme a la legislación tributaria.

8. Se entregarán diplomas a todos los premiados y a los finalistas.

9. Según la calidad de las obras, pueden ser declarados desiertos o compartidos algunos de los premios. En este último caso, la cuantía del premio a repartir será de modo directamente proporcional al número de obras premiadas.

Artículo 9º.-Destino y devolución de las obras.

1. Las obras de los participantes premiados quedarán en posesión de la Dirección General de Juventud y Solidaridad.

2. Las obras de los participantes no premiados, o en su caso lo que presentó en su lugar, serán retiradas por ellos o por persona autorizada en el lugar que determine la Dirección General de Juventud y Solidaridad, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la recepción de la notificación con la decisión de la Comisión de Selección.

Transcurrido este plazo, las obras no retiradas quedarán a disposición de la Dirección General de Juventud y Solidaridad y podrán ser destruidas o utilizadas en la forma que estime oportuna.

3. Queda implícita la autorización a la Dirección General de Juventud y Solidaridad de los participantes a montar exposiciones y/o para la exhibición, reproducción o publicación de la imagen o contenido de las obras presentadas por cualquier medio que se estime oportuno, sin más limitaciones que las derivadas del Real decreto legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de propiedad intelectual, regularizando, aclarando y armonizando las disposiciones legales vigentes sobre la materia.

4. La Dirección General de Juventud y Solidaridad podrá desarrollar las acciones que considere oportunas encaminadas a la difusión de los trabajos seleccionados de todas las especialidades incluidas en la presente convocatoria, propiciando muestras itinerantes en Galicia y en otras comunidades autónomas, y en su caso la edición de catálogos y otros soportes diferentes de las obras presentadas.

Capítulo II

Parte específica

Sección primera

Teatro

Artículo 10º.-Condiciones generales.

1. Podrán concurrir grupos teatrales, no profesionales, compuestos por jóvenes gallegos/as o residentes en Galicia, con edades comprendidas entre los 16 y los 30 años de edad cumplidos en el año 2006. Se admitirá que hasta un 25% de los componentes del grupo supere los 30 años.

En cualquier caso, tanto los/las integrantes de la dirección como los/las del equipo técnico podrán superar la edad máxima.

2. Junto con la documentación indicada en el artículo 4º, y en el mismo sobre, los grupos participantes presentarán la siguiente:

-Lista de los/as componentes del grupo, indicando la edad y función.

-Una síntesis de la obra (título, autor/a y adaptación de los diálogos, de ser el caso) y de la puesta en escena (número de personajes, tipo de decorado, vestuario, espacio que se necesita, etc.).

-DVD de una representación de la obra a concurso o de un ensayo general, hecho dentro del año 2006.

En todo caso la grabación debe estar hecha a velocidad normal para que su duración corresponda con la duración real de la representación y tiene que estar en buenas condiciones, tanto de imagen como de sonido, para su correcta visión.

3. Las representaciones serán en lengua gallega.

4. Las obras podrán ser de autores/as gallegos, españoles o extranjeros.

5. Podrán presentarse obras originales.

6. La duración de la representación de cada obra non podrá exceder de una hora y cuarenta y cinco minutos.

7. La comisión seleccionará para la fase final seis grupos que serán los que representarán las obras ante ésta, en el lugar y en la fecha que determinará la Dirección General de Juventud y Solidaridad, para lo que se establece una cantidad fija de 600 euros por grupo, a fin de cubrir los gastos originados por las representaciones.

A juicio de la comisión de selección uno de los grupos premiados estará obligado a representar la obra en el lugar y en la fecha que se le indique desde la Dirección General de Juventud y Solidaridad, si fuese requerido para eso, que en cualquier caso será en el último trimestre del año. En el caso de incumplimiento de esta obligación, el grupo requerido quedará desposeído del premio otorgado. A fin de cubrir los gastos originados por la representación, se establece una cantidad fija de 1.200 euros.

Sección segunda

Artes plásticas

Artículo 11º.-Condiciones generales.

1. Se establecen las siguientes modalidades: pintura, escultura e instalaciones.

2. Junto con la documentación indicada en el artículo 4º, y en el mismo sobre, los/as participantes presentarán la siguiente documentación:

-Dossier fotográfico en color de la obra presentada, en soporte papel (preferentemente DIN A-4) y también en CD. En el caso de obras escultóricas, las fotografías del dossier deberán presentarse desde diferentes perspectivas para que se pueda realizar la valoración adecuada de estas. Las obras originales serán requeridas a los participantes, sólo en el caso de que hubiesen sido seleccionadas para la exposición.

-Declaración responsable de que la obra que figura en el dossier fotográfico no forma parte de otra exposición y está en propiedad del autor o autora.

-Ficha técnica de la obra en la que se indicará el título, año de realización, técnica empleada, dimensiones reales, así como su peso (esto último sólo en el caso de escultura).

-En el proyecto de instalación se adjuntará además la siguiente documentación: memoria explicativa del trabajo artístico, planos, bocetos y todo el material informativo que facilite la comprensión de la obra.

3. Para la exposición, la comisión seleccionará las obras que alcancen la mayor calidad artística, que se exhibirán en el lugar y fecha que determinará la Dirección General de Juventud y Solidaridad que en calquier caso será el último trimestre del año.

4. La Dirección General de Juventud y Solidaridad, en su momento, se pondrá en contacto con los autores/autoras de las obras seleccionadas para la exposición, a fin de establecer las mejores condiciones de entrega y recogida en cada caso, y además comunicará el lugar y la fecha en la que tendrá lugar dicha exposición, todo esto sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 10 de este artículo.

5. Los/as participantes seleccionados para la exposición presentarán sus obras en perfecto estado y con los elementos necesarios para realizar el montaje. Cuando su complejidad lo requiera, el montaje se hará por el autor o autora.

6. Las obras seleccionadas para la exposición serán enviadas por los autores/as empleando un embalaje de material rígido y suficientemente sólido que asegure su integridad.

7. Las obras presentadas serán originales.

8. El tema y las técnicas serán libres.

9. Las pinturas deben llevar marco o bastidor.

10. La organización no se responsabiliza de las posibles roturas, daños, extravíos o de cualquier otro acto ajeno a su voluntad que se produzca en las obras, si bien la Dirección General de Juventud y Solidaridad subscribirá una póliza que asegure, única y exclusivamente, las obras que sean seleccionadas para la exposición y durante el tiempo que esta dure, de hasta un máximo de 600 A por obra.

Sección tercera

Fotografía

Artículo 12º.-Condiciones generales.

1. La participación será a título individual.

2. Las obras serán originales e inéditas.

3. El tema y la técnica serán libres.

4. Se pueden presentar reproducciones en blanco y negro o en color.

5. Junto con la documentación indicada en el artículo 4º, y en el mismo sobre, los/as participantes presentarán la siguiente documentación:

-Fotografía en color en tamaño reducido estándar (aprox. 10x15 cm) de la obra presentada, adherida

a un folio (preferentemente DIN A-4), en el que figurará la ficha técnica de la obra. La fotografía se presentará también en CD. Las obras originales serán requeridas a los participantes, sólo en el caso de que hubiesen sido seleccionadas para la exposición.

-Declaración responsable de que la fotografía no forma parte de otra exposición y está en propiedad del autor o autora.

-Ficha técnica de la obra en la que se indicará el título, año de realización, técnica empleada y dimensiones reales.

6. Para la exposición la comisión seleccionará aquellas obras que alcancen la mayor calidad artística, que se exhibirán en el lugar y fecha que determinará la Dirección General de Juventud y Solidaridad que en cualquier caso será en el último trimestre del año.

7. La Dirección General de Juventud y Solidaridad en su momento, se pondrá en contacto con los autores/autoras de las obras seleccionadas para la exposición, a fin de establecer las mejores condiciones de entrega y recogida en cada caso, y además comunicará el lugar y fecha en la que tendrá lugar dicha exposición que en cualquier caso será el último trimestre del año, todo esto sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 9 de este artículo.

8. Los/as participantes seleccionados para la exposición presentarán sus obras en perfecto estado y con los elementos necesarios para realizar el montaje y serán enviadas empleando un embalaje de material rígido y suficientemente sólido que asegure su integridad.

9. La organización no se responsabiliza de las posibles roturas, daños, extravíos o de cualquier otro acto ajeno a su voluntad que se produzca en las obras, si bien la Dirección General de Juventud y Solidaridad suscribirá una póliza que asegure, única y exclusivamente, las obras que sean seleccionadas para la exposición y durante el tiempo que dure la misma, de hasta un máximo de 600 euros por obra.

Sección cuarta

Moda

Artículo 13º.-Condiciones generales.

1. Las colecciones deben ser originales.

2. Junto con la documentación indicada en el artículo 4º, y en las mismas condiciones, los participantes presentarán lo siguiente:

-Una colección coherente de cinco estilismos de hombre o mujer. Tendrá que definir el tejido utilizado y los complementos para cada uno de los modelos presentados. Estos diseños se presentarán en láminas de formato DIN A-3 (297 mmx420 mm), con diseño de frente y de espalda.

-Dossier fotográfico en color de la obra presentada en soporte papel (preferentemente en DIN A-4) y en el que se contengan ilustraciones de los modelos, ficha

técnica de la colección y muestra de los tejidos que se emplearán en su confección.

Artículo 14º.-Desarrollo.

La comisión seleccionará para la fase final 10 participantes que confeccionarán la colección de cinco modelos obligatorios, teniendo en cuenta preferentemente los siguientes criterios: creatividad, experimentación formal en los diseños, selección de tejidos, colorido, patronaje, volúmenes y texturas, y que se exhibirán ante esta en el lugar y fecha que determinará la Dirección General de Juventud y Solidaridad, que en cualquier caso será el último trimestre del año.

Se otorgará una cantidad fija de 1.000 euros para cada uno de los 10 seleccionados como apoyo a la confección de los modelos.

Artículo 15º.-Premios.

Tendrán también como ayuda complementaria una beca de 3.000 euros cada uno de los tres premiados, para formación textil.

Sección quinta

Música

Artículo 16º.-Condiciones generales.

1. Podrán concurrir solistas y grupos de pop, rock, hip-hop y demás variedades de música contemporánea.

Se admitirá que hasta un 25% de los/as componentes del grupo supere los 30 años. Podrá superar la edad máxima la persona que desarrolle la función de acompañamiento musical con los/as participantes que se presenten como solistas.

2. Junto con la documentación indicada en el artículo 4º, y en el mismo sobre, los/as participantes presentarán la siguiente:

-Maqueta en disco compacto o cinta casete debidamente identificada, con el pseudónimo y título, y grabada por los/as componente/s inscrito/s, con un máximo de dos temas, que serán los que evaluará la Comisión de Selección, y una duración máxima de diez minutos. Se valorará positivamente la utilización del gallego, en cualquier caso uno de los temas deberá de ser en gallego.

-Ficha técnica en la que se detalle el título, duración y autoría de los temas presentados, siguiendo el orden presentado en la grabación.

-Fotografía reciente del grupo o solista.

-Relación nominal mecanografiada de los/as componentes del grupo, con la indicación de la edad y del instrumento que tocan.

-Letras, si las hubiera, de los temas incluidos en la maqueta, debidamente mecanografiadas.

-Autorización escrita para grabar o emitir su actuación en la fase final del certamen, en el supuesto de resultar seleccionado.

-Declaración responsable acreditativa de que el participante dispone de un repertorio de un mínimo de 30 minutos.

Toda esta documentación deberá presentarse en soporte papel y también en CD o disquete.

3. Los temas serán de creación propia y nunca editados antes en ningún soporte.

4. La comisión seleccionará para la fase final hasta un máximo de seis participantes que serán los/as que actuarán ante ésta, en el lugar y fecha que determinará la Dirección General de Juventud y Solidaridad, que en cualquier caso será el último trimestre del año. A fin de cubrir los gastos ocasionados por la actuación, se establece una cantidad fija de 500 euros en el caso de grupos o de 250 en el caso de solistas.

5. Para las actuaciones de la fase final los/as participantes llevarán sus propios instrumentos, salvo la batería, que será proporcionada por la organización.

6. El equipo técnico de sonido y luces lo proporcionará la organización en coordinación con los grupos finalistas y será manejado única y exclusivamente por los técnicos de la organización.

7. A juicio de la Comisión de Selección, uno de los grupos/solistas premiados estarán obligados a actuar en el lugar y fecha que se le indique desde la Dirección General de Juventud y Solidaridad, si fuese requerido para eso, que en cualquier caso será el último trimestre del año. En el caso de incumplimiento de esta obligación, el grupo requerido quedará desposeído del premio otorgado. A fin de cubrir los gastos originados por la actuación, se establece una cantidad fija de 500 euros.

Sección sexta

Relato

Artículo 17º.-Condiciones generales.

1. Las obras serán originales, inéditas y en gallego.

2. El tema será libre.

3. Las obras, que deberán estar hechas a ordenador, tendrán una extensión mínima de 20 páginas y máxima de 30, cada página debe contener un mínimo de 2.300 caracteres sin espacios. Las hojas estarán numeradas y encuadernadas y se presentarán en triplicado ejemplar.

Sin perjuicio de lo anterior las obras deben presentarse también en CD o disquete.

Sección séptima

Poesía

Artículo 18º.-Condiciones generales.

1. Las obras serán originales, inéditas y en gallego.

2. El tema y la técnica serán libres.

3. Las obras, que deberán estar hechas a ordenador, tendrán una extensión mínima de 100 versos y máxima de 300 mecanografiados a doble espacio y por una sola cara, en DIN A-4, y en formato Times New Roman 12. Las hojas estarán numeradas y encuadernadas y se presentarán en triplicado ejemplar.

Sin perjuicio de lo anterior, las obras deben presentarse también en CD o disquete.

Sección octava

Vídeo

Artículo 19º.-Condiciones generales.

1. Las obras serán originales, inéditas y en gallego.

2. El tema será libre.

3. Junto con la documentación indicada en el artículo 4º, y en el mismo sobre, los participantes presentarán la siguiente:

-Una ficha técnica de la obra en la que se incluya el título, un breve argumento, fecha y lugar de realización, una fotografía del vídeo y datos técnicos y artísticos de interés.

4. Las obras podrán ser producidas en cualquier formato de vídeo, pero deberán presentarlo en DVD, donde figurará el título y el pseudónimo del autor o autora de la misma.

En todo caso, la grabación debe de estar hecha a velocidad normal para que su duración corresponda con la duración real y tiene que estar en buenas condiciones, tanto de imagen como de sonido, para su correcta visión, en caso contrario la obra será rechazada.

5. La duración de cada obra no podrá exceder de veinte minutos.

6. La realización de las obras debe ser posterior al 1 de enero de 2005.

7. La Dirección General de Juventud y Solidaridad se reserva el derecho a solicitar a los participantes una copia en formato original para a su proyección pública.

8. La Dirección General de Juventud y Solidaridad se reserva la posibilidad de utilizar un fragmento de la obra de hasta un máximo de tres minutos, para su posible difusión en los medios de comunicación.

Sección novena

Gastronomía

Artículo 20º.-Condiciones generales.

1. La participación será a título individual.

2. Las recetas serán originales y deberán basarse en productos enteramente gallegos y preferentemente con productos acogidos a las distintas denominaciones geográficas u otras figuras de protección de la calidad diferencial, principalmente productos que ostenten el distintivo Galicia Calidade.

3. Cada participante podrá presentar hasta un máximo de dos recetas en las que se indiquen los ingredientes que se emplearán, el proceso de elaboración y requerimientos técnicos necesarios para ésta y la presentación.

4. Sólo se admitirán las recetas que se puedan servir o elaborar como plato principal con dos guarniciones.

5. Junto con la documentación indicada en el artículo 4º, y en el mismo sobre, los/as participantes presentarán la siguiente:

-Tres copias de las recetas, en formato Word.

-Fotografías en color de los platos (calidad de imprenta).

-Tiempo estimado de elaboración.

6. La comisión seleccionará para la fase final hasta un máximo de diez participantes que tendrán que elaborar la receta en las condiciones que se determinen por parte de la Dirección General de Juventud y Solidaridad que en cualquier caso será el último trimestre del año.

7. Para la elección de los premiados la comisión tendrá en cuenta, por un lado: la limpieza, orden en el trabajo, aprovechamiento y técnicas del producto empleados, y por otro: color, olor, sazón, sabor y presentación, entre otros.

8. Para la elaboración de los platos no se podrán emplear productos elaborados.

9. Será motivo de descalificación la entrega de los platos fuera del tiempo y del horario establecido por la organización.

Sección décima

Cómic

Artículo 21º.-Condiciones generales.

1. Las obras serán originales e inéditas.

2. La temática será libre, con textos en gallego.

3. La técnica puede ser cualquiera, hecha en blanco y negro o en color.

4. El formato deberá ser DIN A-4 o DIN A-3 y la extensión mínima tendrá que ser de 10 páginas.

5. Cada obra deberá llevar pseudónimo y título.

6. La organización no se responsabiliza de las posibles roturas, daños, extravíos o de cualquier otro acto ajeno a su voluntad que se produzca en las obras.

Sección décimo primera

Graffiti

Artículo 22º.-Condiciones generales.

1. Las obras serán originales e inéditas y, de ser el caso, en gallego.

2. El tema y la técnica serán libres.

3. Los trabajos podrán ser individuales o en grupo, en este último caso podrán tener hasta un máximo de 5 miembros. Se admitirá que hasta un 25% de los componentes del grupo supere los 30 años.

4. Junto con la documentación indicada en el artículo 4º, y en el mismo sobre, los/as participantes presentarán la siguiente:

-Proyecto original de la obra que se va a realizar en formato DIN A-3.

-Fotografía del graffiti realizado más recientemente por el solicitante.

5. La comisión, teniendo en cuenta, entre otros, los siguientes criterios: diseño, estructura, tema y colorido (que deberán responder a la mayor calidad) seleccionará para la fase final un máximo de seis participantes que serán requeridos para realizar un mural de aprox. 4 mx2 m ante ésta, en el lugar y fecha que determinará la Dirección General de Juventud y Solidaridad, para lo que se establece una cantidad fija de 300 euros por participante a fin de cubrir los gastos de material. La realización del mural se hará en el último trimestre del año.

6. A juicio de la comisión, será motivo de descalificación la realización de graffitis fuera de los espacios y horarios asignados por la organización.

Sección decimosegunda

Carteles

Artículo 23º.-Condiciones generales.

1. La participación será a título individual.

2. Las obras serán originales, inéditas y en gallego.

3. El tema y la técnica serán libres dentro de los límites usuales, para permitir una normal reproducción fotomecánica.

4. Las obras deberán presentarse sobre cartón, cartón pluma o similar, en formato vertical, con unas medidas de 47x64 cm y se presentarán suficientemente protegidas y montadas sobre un soporte rígido y desmontable que permita su perfecta exposición.

5. En ningún caso se admitirán obras cuyo soporte suponga peligro para su almacenamiento o montadas con materiales que puedan dañar su integridad.

6. La comisión seleccionará para la exposición laS obras que tengan la mayor calidad artística, que se exhibirán en el lugar y fecha que determinará la Dirección General de Juventud y Solidaridad, que en cualquier caso será el último trimestre del año.

7. La organización no se responsabiliza de las posibles roturas, daños, extravíos o de cualquier acto ajeno a su voluntad que se produzca en las obras.

Disposición adicional

Única.-Se aprueba la delegación de atribuciones del vicepresidente de la Igualdad y del Bienestar en el director general de Juventud y Solidaridad para dictar las oportunas resoluciones en el ámbito de esta orden.

Disposiciones finales

Primera.-Se faculta al director general de Juventud y Solidaridad para dictar, en el ámbito de sus competencias, las resoluciones precisas para el desarrollo de esta orden.

Segunda.-La presente orden entrará en vigor el día seguinte al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 23 de mayo de 2006.

Anxo Manuel Quintana González

Vicepresidente de la Igualdad y del Bienestar