DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 104 Jueves, 01 de junio de 2006 Pág. 8.772

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE POLÍTICA TERRITORIAL, OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

ORDEN de 18 de mayo de 2006 por la que se aprueba definitivamente el Plan General de Ordenación Municipal del Ayuntamiento de A Capela (A Coruña).

I. Antecedentes.

1. El Ayuntamiento de A Capela dispone en la actualidad de unas normas subsidiarias de planeamiento aprobadas con fecha de 26-6-1987.

2. Con fecha de 1-4-2004 el director general de urbanismo, al amparo de la orden de delegación de competencias de 6 de marzo de 2003, emitió un informe previo a la aprobación inicial, conforme a lo previsto en el artículo 85.1º de la Ley 9/2002, de 30 de diciembre, de ordenación urbanística y protección del medio rural de Galicia.

3. El ayuntamiento aprobó inicialmente el plan el día 10-8-2004, y lo sometió a información pública mediante anuncios en los diarios La Voz de Galicia y Diario de Ferrol los días 22 y 23 de agosto de 2004, así como en el Diario Oficial de Galicia de 23-8-2004. Simultáneamente se dio audiencia a los ayuntamientos de Neda, Cabanas, Monfero, As Pontes, San Sadurniño y Fene.

4. Según consta en el expediente administrativo remitido, fueron emitidos los siguientes informes de carácter sectorial:

* Del organismo Aguas de Galicia, con fecha del 22-9-2004, favorable aunque haciendo algunas sugerencias.

* De la Consellería de Medio Ambiente, de 29-11-2004, favorable aunque con recomendaciones.

* De la Dirección General de Obras Públicas de esta consellería, de 9-11-2004, en sentido favorable pero condicionado a la corrección de una serie de cuestiones.

* De la Consellería de Cultura, Comunicación Social y Turismo, de 4-11-2004. En este informe se señalan una serie de consideraciones y se requiere la presentación del documento corregido, antes de la aprobación definitiva, para obtener informe favorable.

5. El plan general fue aprobado provisionalmente por el ayuntamiento en sesión plenaria de 16-6-2005.

6. Después de ser elevado por el ayuntamiento para su aprobación definitiva, por medio de una Orden de 6-10-2005, la conselleira de Política Territorial, Obras Públicas y Transportes resolvió no aprobar el Plan General de Ordenación Municipal. En la antedicha resolución se expresaron un conjunto de deficiencias, y se señaló que el ayuntamiento debería

realizar y aprobar las correcciones necesarias para subsanarlas.

7. El ayuntamiento somete nuevamente el plan general para su aprobación definitiva el 21-12-2005, subsanando posteriormente, con fecha de 29-3-2006, la documentación aportada. En la documentación remitida consta una certificación del secretario municipal en la que se hace constar que el Pleno Municipal aprobó el 20-12-2005 el Plan General de Ordenación Municipal en el que se introducen las correcciones derivadas de la Orden de 6-10-2005 de la conselleira de Política Territorial, Obras Públicas y Transportes. También consta un informe favorable de la Consellería de Cultura y Deporte del 5-1-2006.

8. El plan remitido está subscrito por Antonio de Vega Rodríguez, y en sus documentos está extendida una diligencia municipal en la que se hace constar que se trata del documento que fue aprobado por el Pleno Municipal el 20-12-2005.

II. Consideraciones y fundamentación.

1. Según el informe-propuesta elaborado por la Dirección General de Urbanismo el 16-5-2006, el Plan General de Ordenación Municipal aprobado por el Ayuntamiento el 20-12-2005 subsana las deficiencias expresadas en la Orden de 6-10-2005.

2. De conformidad con el artículo 89 de la Ley 9/2002, de 30 de diciembre, de ordenación urbanística y protección del medio rural de Galicia, y con el artículo 1 del Decreto 519/2005, de 6 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Transportes, la competencia para resolver sobre la aprobación definitiva de los planes generales de ordenación municipal le corresponde a la conselleira de Política Territorial, Obras Públicas y Transportes.

III. Resolución.

Visto cuanto antecede, de conformidad con el punto 5.a) del artículo 85 de la Ley 9/2002, de 30 de diciembre, de ordenación urbanística y protección del medio rural de Galicia,

RESUELVO:

1º. Aprobar definitivamente el Plan General de Ordenación Municipal de A Capela.

2º. De conformidad con lo dispuesto por los artículos 92 de la Ley 9/2002, y 70 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local, el ayuntamiento deberá publicar en el BOP la normativa y ordenanzas del Plan General de Ordenación Municipal aprobado definitivamente.

3º. Contra esta orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses, que se contarán desde el día siguiente al de su publicación, según disponen los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa-administrativa.

4º. Notifíquese esta orden al ayuntamiento y publíquese en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 18 de mayo de 2006.

María José Caride Estévez

Conselleira de Política Territorial, Obras

Públicas y Transportes