DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 87 Lunes, 08 de mayo de 2006 Pág. 7.355

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE CULTURA Y DEPORTE

DECRETO 75/2006, de 20 de abril, por el que se declara bien de interés cultural, con la categoría de monumento, el Santuario da Nosa Señora das Ermidas, ayuntamiento de O Bolo, y su entorno delimitado, en los ayuntamientos de O Bolo y Manzaneda.

El Santuario da Nosa Señora das Ermidas se encuentra enclavado entre los macizos de las sierras de Queixa, do Eixo y San Mamede, en una profunda garganta del río Bibei, y próximo a una de las antiguas rutas de penetración en Galicia, la Vía Romana de Astorga a Ourense, no lejos del cruce con la Vía de Braga a Astorga.

Goza de un enclave privilegiado, localizado en un anfiteatro natural que realza su arquitectura barroca, ya que los edificios que componen el santuario se asientan en un reborde abrupto de la empinada montaña, sobre una plataforma artificial excavada en la roca viva desde la que se domina la ribera encajonada por la que discurre el Bibei.

As Ermidas, célebre por su milagrosa imagen, se convirtió desde antiguo en un importante lugar de pergrinación, sobre el que se erigió la primera iglesia, una sencilla ermita, a fines de la Edad Media. En 1624 comenzó la construcción de una nueva iglesia con una única nave y una casa para el administrador, y se amplió el mesón de peregrinos ya existente, creándose el núcleo para el posterior desarrollo del santuario en fases sucesivas hasta el complejo existente en la actualidad.

La Dirección General de Patrimonio Cultural, por Resolución de 29 de junio de 2004 (Diario Oficial de Galicia del 26 de julio) incoó expediente para la declaración de bien de interés cultural a favor del Santuario da Nosa Señora das Ermidas y de su entorno.

La tramitación del expediente se llevó a cabo según lo establecido en la Ley 8/1995, de 30 de octubre, de patrimonio cultural de Galicia, y demás disposiciones vigentes.

Teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 8/1995, de 30 de octubre, de patrimonio cultural de Galicia, por propuesta de la conselleira de Cultura e Deporte, y tras la deliberación del Consello de la Xunta de Galicia, en su reunión del día veinte de abril de dos mil seis,

DISPONGO:

Artículo 1º

Declarar bien de interés cultural, con la categoría de monumento, el Santuario da Nosa Señora das Ermidas, ayuntamiento de O Bolo, y su contorno delimitado en los ayuntamientos de O Bolo y Manzaneda.

Artículo 2º

La declaración afecta a los bienes que se describen en el anexo I y a la zona comprendida en la delimitación descrita en el mismo anxeo, así como en el plano recogido en el anexo II.

Artículo 3º

El presente decreto será notificado al Registro General de Bienes de Interés Cultural del Estado, al Registro de Bienes de Interés Cultural de Galicia, a los ayuntamientos de O Bolo y Manzaneda y a los demás interesados en el expediente.

Artículo 4º

El presente decreto será publicado en el Diario Oficial de Galicia y en el Boletín Oficial del Estado.

Disposición final

Este decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, veinte de abril de dos mil seis.

Emilio Pérez Touriño

Presidente

Ánxela Bugallo Rodríguez

Conselleira de Cultura y Deporte

ANEXO I

El Santuario da Nosa Señora das Ermidas está formado por la iglesia, su plaza, el crucero y la edificación de soportales, la casa de la administración, la hospedería y las dependencias anexas, el vía crucis, sus figuras y capillas, el cementerio, la capilla neogótica de la Resurrección, la fuente de la Durmiñona y las demás construcciones relacionadas con la tradición del Santuario y su mantenimiento y actividades productivas, así como el puente y los caminos tradicionales que de él parten.

Forman también parte de esta declaración los bienes muebles que figuran clara y exhaustivamente descritos en el inventario incluido en el expediente de declaración así como en el Inventario Mueble de la Iglesia Católica, que definen en detalle retablos, esculturas, tallas, rejas, escudos, lienzos, orfebrería, ropajes, petos y otros enseres, entre los que figuran como más sobresalientes:

1. El retablo mayor de la Virgen de las Ermidas así como su altar, el lienzo del Triunfo de la Fe, el lienzo de los Misterios del Rosario y las cuatro imágenes de ángeles portantes situados en el presbiterio.

2. Los retablos de San Antonio de Padua, la Virgen Dolorosa, la Virgen del Rosario y la Inmaculada emplazados en el crucero.

3. Los lienzos de la Virgen del Carmen y del Cristo, la reja barroca, y la pila bautismal asentados en la nave central.

4. Los retablos de San Luis Gonzaga y San Roque, situados en las naves laterales.

5. El altar del Crucificado y las cinco tablas policromadas representativas de la vida de Santo Domingo, así como los lienzos de San Pablo, San Pedro, San Vicente Ferrer, San Basilio Magno y Santo Tomás de Aquino, radicados en la sacristía, así como la fuente barroca emplazada a su lado.

6. El altar de la Dormición de la Virgen, situado en el camarín existente en el lateral derecho de la capilla mayor.

El entorno de protección del Santuario da Nosa Señora das Ermidas queda definido por la línea que une los puntos A-B-C-D-E-F-G-H-I-J, estado el punto A situado en la cima del Alto do Serro, con cota 1.048,85 m.

A-B: línea recta que une las cimas de cota 1.048,85 m y cima de las Chairas de cota 930,88 m.

B-C: línea recta que une las cimas de cota 930,88 m y cima del Alto da Abada de cota 624,48 m.

C-D: línea recta que une las cimas de cota 624,48 m y la cota 912,06 m al otro lado de la carretera C-533.

D-E: línea recta que une las cimas de cota 912,06 m y cima del lugar da Queimada de cota 856,04 m.

E-F: línea recta que une las cimas de cota 856,04 m y la cima del lugar do Pinar de cota 776,37 m.

F-G: línea recta que une las cimas de cota 776,37 m y cima del lugar de la Anduriña de cota 691,30 m, atravesando la carretera C-533.

G-H: línea recta que une las cimas de cota 691,30 m y cima de cota 805,81 m, atravesando el río Bibei.

H-I: línea recta que une las cimas de cota 805,81 m y cima del Alto do Outar Pedroso de coto 876,60 m.

I-J: línea recta que une las cimas de cota 876,60 m y cima de cota 956,46 m.

J-A: línea recta que une las cimas de cota 956,46 m y cima del Alto do Serro, de cota 1.048,85 m que cierra el entorno.