DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 62 Miercoles, 29 de marzo de 2006 Pág. 4.646

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSEJO GALLEGO DE COOPERATIVAS

RESOLUCIÓN de 3 de marzo de 2006 por la que se dispone la publicación del acuerdo del Consejo Gallego de Cooperativas sobre premios a la cooperación.

El Consejo Gallego de Cooperativas, en su sesión plenaria de 14 de febrero de 2006, acordó aprobar las bases reguladoras de los premios a la cooperación para el año 2006.

En uso de las atribuciones que me confiere la Ley 5/1998, de 18 de diciembre, de cooperativas de Galicia y por el Decreto 25/2001, de 18 de enero, por el que se regula la organización y funcionamiento del Consejo Gallego de Cooperativas,

DISPONGO:

La publicación en el Diario Oficial de Galicia del acuerdo referido.

Santiago de Compostela, 3 de marzo de 2006.

Ricardo Jacinto Varela Sánchez

Presidente del Consejo Gallego de Cooperativas

Acuerdo del Consejo Gallego de Cooperativas, de 14 de febrero de 2006, por el que se convocan los V premios a la cooperación

La Constitución española en su artículo 129.2º encomienda a los poderes públicos la promoción de las diversas formas de participación en la empresa y el fomento, mediante una legislación adecuada de las sociedades cooperativas.

La Comunidad Autónoma gallega asumió la competencia exclusiva en materia de cooperativas en virtud de la transferencia hecha por la Ley orgánica 16/1995, ampliando la recogida en el artículo 28.7º del Estatuto de autonomía de Galicia.

En uso de la referida competencia se dictó la Ley 5/1998, de 18 de diciembre, de cooperativas de Galicia la cual reconoce de interés social la promoción y el desarrollo de las sociedades cooperativas, creando el Consejo Gallego de Cooperativas como máximo órgano de promoción y difusión del cooperativismo en la comunidad autónoma, con el encargo de velar por el cumplimiento de los principios cooperativos,

por la adecuada aplicación de la ley y por el respeto a las reglas de una gestión correcta y democrática de las cooperativas de Galicia.

Con la finalidad de fomentar y difundir el cooperativismo en la comunidad autónoma, así como para recompensar publicamente la labor que las cooperativas y otras instituciones y personas vienen realizando en este sentido, el Consejo Gallego de Cooperativas, consideró conveniente instituir con periodicidad anual los premios a la cooperación.

En virtud de lo anterior, el Pleno del Consejo Gallego de Cooperativas, en su reunión de 14 de febrero de 2006, acordó:

Único.-Aprobar las bases por las que se regulan los premios a la cooperación para el año 2006, según el anexo que se adjunta.

ANEXO

Bases por las que se regirá la convocatoria de los premios a la cooperación 2006

Primera.-Destinatarios.

Podrán optar a estos premios las cooperativas, sus asociaciones y las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, que realizasen un trabajo destacado en el campo del cooperativismo en la Comunidad Autónoma gallega.

Segunda.- Modalidades.

Los premios a la cooperación se convocan bajo las siguientes modalidades:

Premio a los valores cooperativos.

Premio al mejor proyecto cooperativo.

Premio a la promoción del cooperativismo.

Tercera.-Premio a los valores cooperativos.

1. Se otorgará a la cooperativa, entidad o persona que más haya destacado en el impulso de los valores cooperativos en la Comunidad Autónoma gallega.

2. El jurado valorará la trayectoria de los candidatos, especialmente las actuaciones dirigidas a la aplicación práctica de los principios cooperativos establecidos por la Alianza Cooperativa Internacional y su adecuación al marco socioeconómico gallego.

3. El premio tendrá una dotación económica de 6.000 euros.

Cuarta.-Premio al mejor proyecto cooperativo.

1. Se otorgará al proyecto empresarial cooperativo de mayor relevancia, tanto de cooperativas de nueva creación como de las previamente existentes.

2. El jurado tendrá en cuenta la especial relevancia del proyecto, que puede venir determinada tanto por su carácter innovador o de intercooperación, como por otras características singulares y por su repercusión en el entorno, especialmente en los campos económico, social y laboral.

3. El premio tendrá una dotación económica de 6.000 euros.

Quinta.- Premio a la promoción del cooperativismo.

1. Se le otorgará a la persona o entidad que haya destacado especialmente en el fomento del cooperativismo, tanto por su trayectoria como por actuaciones de carácter puntual que resulten particularmente significativas.

2. El jurado tendrá en cuenta la actividad o actividades realizadas por los/las candidatos/as y su repercusión en la implantación y desarrollo del cooperativismo en Galicia, tanto en sus aspectos cualitativos como cuantitativos, y valorará especialmente a las personas o entidades más destacadas del cooperativismo como forma de reconocer sus trayectorias en este campo.

3. El premio tendrá una dotación económica de 6.000 euros.

Sexta.-Candidaturas, documentación y plazo.

Las candidaturas podrán presentarse, firmadas por el candidato o persona que lo proponga, en la secretaría del Consejo Gallego de Cooperativas (Consellería de Trabajo, edificios administrativos de San Lázaro, Santiago de Compostela) acompañada de memoria explicativa y documentación justificativa de los valores y méritos alegados.

Se podrá requirir de los interesados aquella información y documentación complementaria que pueda resultar relevante para la evaluación de los méritos alegados, particularmente en relación con la aplicación práctica de los principios y valores cooperativos.

El plazo de presentación de solicitudes terminará el 31 de mayo de 2006.

Séptima.-Jurado.

A efectos de concesión de los premios, actuará como jurado la Comisión Permanente del Consejo Gallego de Cooperativas y su decisión será inapelable.

El jurado podrá declarar los premios desiertos o conceder premios compartidos. De existir premios desiertos, su cuantía se podrá acumular a los premios que se concedan de manera compartida.

Octava.-Entrega de los premios.

La decisión del jurado se dará a conocer en el transcurso de un acto público, en el que se procederá a la entrega de los premios.

Novena.

La participación en estos premios supone la aceptación incondicional de las presentes bases.