DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 8 Miercoles, 14 de enero de 2004 Pág. 566

I. DISPOSICIONES GENERALES

CONSELLERÍA DE JUSTICIA, INTERIOR Y ADMINISTRACIÓN LOCAL

RESOLUCIÓN de 30 de diciembre de 2003, de la Dirección General de Justicia, por la que se constituye el Servicio Común de Notificaciones y Embargos de Ourense.

El artículo 272 de la Ley orgánica del poder judicial (LOPJ) establece la posibilidad de centralizar, en las poblaciones donde existan varios juzgados y el conjunto de la actividad judicial lo justifique, en servicios comunes, dependientes de los decanatos de los juzgados, la práctica de determinadas actuaciones judiciales. Esta centralización de actuaciones persigue conseguir un funcionamiento más eficiente de los órganos judiciales.

El acuerdo del Pleno del Consejo General del Poder Judicial de 14 de abril de 1999, a través de la introducción del título VII en el Reglamento 1/1995 sobre aspectos accesorios de las actuaciones judiciales, define los servicios, sus clases, y se establece la normativa relativa a su dependencia funcional, homogeneización y coordinación y procedimiento de constitución.

Entre las actividades procesales susceptibles de centralización se menciona la práctica de actos de comunicación, así como la práctica de embargos y lanzamientos. Este es precisamente el cometido de los servicios comunes de notificaciones y embargos, en ocasiones denominados servicios comunes de actos de comunicación y ejecución. Estos servicios comunes fueron objeto de consideración en el Protocolo de servicio para la coordinación, conexión e interrelación de los juzgados y tribunales y los servicios comunes de actos de comunicación y ejecución, que fue aprobado por el Pleno del Consejo General del Poder Judicial a través de la Instrucción 2/2001, de 9 de mayo.

El Pleno del Consejo General del Poder Judicial, de conformidad con lo previsto en el artículo 98 del Reglamento 1/1995 antes mencionado, aprobó con fecha 24 de septiembre de 2002 la propuesta de creación de un Servicio Común de Actos de Comunicación y Ejecución en Ourense para los juzgados con sede en esta ciudad. Dicha propuesta fue trasladada a esta consellería para los efectos de constitución del servicio.

Acogiendo esta propuesta, procede constituir en la ciudad de Ourense un Servicio Común de Notificaciones y Embargos que se suma a los actualmente existentes en otras ciudades gallegas.

En virtud de lo establecido en el artículo 20.1º del Estatuto de autonomía de Galicia, en relación con el Real decreto 2397/1996 sobre transferencia a esta comunidad de medios para el servicio de la Administración de justicia, el artículo 272 de la LOPJ y el artículo 7 del Decreto 226/2003, de 11 de abril, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Justicia, Interior y Administración Local, esta dirección general

ACUERDA:

Primero.-Constituir el Servicio Común de Notificaciones y Embargos, dependiente del Decanato de los

Juzgados de Ourense, aprobado en el Acuerdo de 24 de septiembre de 2002 del Pleno del Consejo General del Poder Judicial, estableciendo como fecha de inicio de actividades el próximo día 22 de enero de 2004.

Segundo.-Resultará de aplicación al Servicio Común de Notificaciones y Embargos el Protocolo de servicio para la coordinación, conexión e interrelación de los juzgados, tribunales y los servicios comunes de actos de comunicación y ejecución, aprobado a través de la Instrucción nº 2/2001, de 9 de mayo del Consejo General del Poder Judicial.

Tercero.-En el Servicio Común de Notificaciones y Embargos prestará servicios el personal al servicio de la Administración de justicia según el cuadro de personal establecido para dicho servicio por acuerdo del Ministerio de Justicia de fecha 7 de noviembre de 2001.

Santiago de Compostela, 30 de diciembre de 2003.

Juan José Martín Álvarez

Director general de Justicia

CONSELLERÍA DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES INSTITUCIONALES

Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA