DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 1 Viernes, 02 de enero de 2004 Pág. 6

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE EDUCACIÓN Y ORDENACIÓN UNIVERSITARIA

ORDEN de 4 diciembre de 2003 por la que se le autoriza la ampliación de tres unidades del segundo ciclo de educación infantil al centro privado Dolores Ramos-Manuel Peleteiro de Santiago de Compostela (A Coruña).

Examinado el expediente presentado por el centro privado Dolores Ramos-Manuel Peleteiro de Santiago

de Compostela (A Coruña), en el que solicita la ampliación de tres unidades del segundo ciclo de educación infantil.

Teniendo en cuenta que el expediente ha sido tramitado por la Delegación Provincial de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria de A Coruña, quien lo remite con los informes correspondientes.

Vistos la Ley 1/1990, de 3 de octubre (BOE del 4 de octubre), de ordenación general del sistema educativo, la Ley orgánica 10/2002, de 23 de diciembre, de calidad de la educación (BOE del 24 de diciembre; el Real decreto 1004/1991, de 14 de junio (BOE del 26 de junio), por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que imparten enseñanzas de régimen general no universitarias; el Decreto 133/1995, de 10 de mayo (DOG del 22 de mayo), sobre autorización de centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias y la Orden de 20 de septiembre de 1995 (DOG del 15 de diciembre) que lo desarrolla.

Considerando que dicho centro privado tiene autorización definitiva para impartir educación infantil.

Esta consellería, a propuesta de la Dirección General de Centros y Ordenación Educativa

DISPONE:

Autorizar la ampliación de tres unidades del segundo ciclo de educación infantil al centro privado Dolores Ramos-Manuel Peleteiro de Santiago de Compostela (A Coruña), según los datos que se relacionan en el anexo de esta orden, haciendo constar que, para su puesta en funcionamiento, la delegación provincial de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria, previo informe de la Inspección Educativa, aprobará expresamente la relación de personal que imparta docencia en las unidades que se amplían.

Contra esta orden, que agota la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso potestativo de reposición ante el conselleiro de Educación y Ordenación Universitaria, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, según lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 4/1999 (BOE de 14 de enero), de modificación de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, o bien directamente el recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia.

Santiago de Compostela, 4 de diciembre de 2003.

Celso Currás Fernández

Conselleiro de Educación y Ordenación Universitaria

ANEXO

Provincia: A Coruña.

Municipio: Santiago de Compostela.

Localidad: Santiago de Compostela.

Domicilio: Santiago León de Caracas, s/n.

Denominación: centro privado Dolores Ramos-Manuel Peleteiro.

Titular: Herederos de Manuel Peleteiro, S.C.

Código del centro: 15027423.

Nivel: educación infantil-2º ciclo.

Unidades de que constaba: 8.

Unidades nuevas autorizadas: 3.

Total de unidades autorizadas: 11.