DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 205 Viernes, 25 de octubre de 1996 Pág. 7.894

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

RESOLUCIÓN de 2 de octubre de 1995, de la Delegación Provincial de Ourense, por la que se autoriza el establecimiento de la instalación eléctrica que se cita. (Expediente número IN407 A 95-8-3 A.T.).

Visto el expediente incoado en el servicio de industria de esta delegación provincial, a petición de Unión Eléctrica-Fenosa, S.A., con domicilio a efectos de notificación en la c/ Sáenz Díez, 45, 32003 Ourense, solicitando autorización y declaración de utilidad pública para el establecimiento de una instalación eléctrica de alta tensión, y cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en el capítulo III del Decreto 2617/1966, sobre autorización de instalaciones eléctricas, y en el capítulo III del reglamento aprobado por Decreto 2619/1966, sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas, y de acuerdo con lo dispuesto en el Real decreto 2563/1982, de 24 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma gallega en materia de industria, energía y minas, esta delegación provincial, ha resuelto:

Autorizar a Unión Eléctrica-Fenosa, S.A. la instalación eléctrica cuyas características principales son las siguientes:

Línea aérea, a 20 kV, de 645 m de longitud, en conductor LA 56, derivada desde el apoyo nº 3 de la línea Pombal-Piñor, y finalizará en el C.T. proyectado aéreo en Reza (Barrio da Igrexa) con 20 kV/380-220 V y potencia 160 kVA. Redes de baja tensión en Reza (Ourense) en conductor R.Z. de 2.657 m para el C.T. proyectado y 2.549 m para la renovación de la existente.

Declarar la utilidad pública de la instalación eléctrica que se autoriza a los efectos señalados en la Ley 10/1966, sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas, y su reglamento de aplicación de 20 de octubre de 1966.

Esta instalación no podrá entrar en servicio mientras no cuente el peticionario de la misma con la aprobación de su proyecto de ejecución, previo cumplimiento de los trámites que se señalan en el capítulo IV del citado Decreto 2617/1966, de 20 de octubre.

Ourense, 2 de octubre de 1995.

Alfredo Cacharro Pardo

Delegado provincial de Ourense

95-05768