DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 205 Viernes, 25 de octubre de 1996 Pág. 7.890

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE EDUCACIÓN Y ORDENACIÓN UNIVERSITARIA

RESOLUCIÓN de 29 septiembre de 1995 por la que se resuelve el concurso público para la concesión de becas para la realización de la tesis doctoral (primera y segunda prórroga) convocado en los anexos II.B y II.C de la Orden de 20 de marzo de 1995 (DOG del 4 de abril).

La orden de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria de 20 de marzo de 1995 (DOG del 4 de abril) por la que se aprueban las bases por las que se regirán las convocatorias de becas y ayudas de apoyo a la formación y actualización del personal investigador prevé, en su anexo II (apartados B y C), la concesión de prórroga de las becas predoctorales a aquellos becarios que disfrutaron durante el curso 1994/1995 de una beca predoctoral de nueva adjudicación (Orden de 20 de diciembre de 1994, DOG del 9-1-1995) o de la primera prórroga de dichas becas (Orden de 30 de septiembre de 1994, DOG del 21-10-1994).

En consecuencia, atendiendo a la propuesta elaborada por la Comisión de Selección de Política Científica creada por el Decreto 160/1991, de 16 de mayo (DOG del 28-5), y orden de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria de 27 de julio de 1994 (DOG del 10-8), esta dirección general,

RESUELVE:

Primero.-Se acuerda concederles la primera prórroga de la beca para la realización de la tesis doctoral durante el período octubre 1995-septiembre 1996 (ambos inclusive) a las personas que se relacionan en el anexo I a la presente resolución.

Segundo.-Se acuerda concederles la segunda prórroga de la beca para la realización de la tesis doctoral durante el período octubre 1995-marzo 1996 (ambos inclusive) a las personas que se relacionan en el anexo II a la presente resolución.

Tercero.-La cuantía de las becas será de 106.000 ptas/mes brutas. Esta última cantidad podrá ser modificada por orden de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria, dentro de los límites fijados en la propia convocatoria, con el fin de conseguir la total homologación de estas becas con las de Formación de Personal Investigador que convoca el Ministerio de Educación y Ciencia para el año 1996.

Cuarto.-En el caso de producirse alguna renuncia a las becas a las que se refieren los apartados 1 y 2 de la presente resolución, la Dirección General de Universidades e Investigación procederá, en su caso, y teniendo en cuenta el remanente de crédito, a adjudicar dicha ayuda a otros candidatos teniendo en cuenta la lista de suplentes que elabore la Comisión de Selección de Política Científica con ocasión de la adjudicación de las becas predoctorales de nueva adjudicación.

Quinto.-La inobservancia por parte de los beneficiarios de cualquiera de las bases establecidas en la orden de convocatoria de 20 de marzo de 1995

supondrá la pérdida del derecho a percibir la ayuda correspondiente.

Sexto.-Contra la presente resolución podrán los interesados interponer recurso ordinario ante el conselleiro de Educación y Ordenación Universitaria en el plazo de un mes contado a partir de la fecha de publicación de la presente resolución en el DOG, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 114 y siguientes de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas del procedimiento administrativo común.

Disposición final

La presente resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 29 de septiembre de 1995.

José Manuel Touriñán López

Director general de Universidades e Investigación

95-6762