DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 157 Miercoles, 17 de agosto de 2005 Pág. 14.344

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE PONTEVEDRA

ANUNCIO de la aprobación definitiva del proyecto de modificación puntual del catálogo de edificios y elementos a conservar del rural del concello de Pontevedra, en su ficha número 60, Pazo de Gandarón, parroquia de Salcedo.

El Pleno de la Corporación, en sesión de 24-6-2005, prestó aprobación, con carácter definitivo, al proyecto de modificación puntual del catálogo de edificaciones y elementos a conservar del rural formulado por este ayuntamiento, redactado por el arquitecto jefe de la OTPXU el 18 de febrero de 2005 y basado en el informe descriptivo y justificativo suscrito por el arquitecto Mariano Sánchez Blanco con visado colegial de 5-7-2004, referido a su ficha nº 60 correspondiente al Pazo de Gandarón, situado en Salcedo, rebajando el nivel de protección de la categoría integral a Ambiental A, con las determinaciones concretas que se especifican en la ficha del proyecto y las establecidas en las resoluciones de la Dirección General de Patrimonio Cultural de la Consellería de Cultura, Comunicación Social y Turismo de 16-11-2004 y 29-3-2005 relativas, básicamente a la obligación de conservar la estructuras vertical así como todos los elementos tipológicos básicos, como escaleras, lagar, niveles de

las estancias, etc.

Asimismo, se dispuso publicar este acuerdo en la forma legalmente establecida con comunicación a las administraciones públicas, entidades y personas interesadas con ofrecimiento del régimen de recursos procedente.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 92.3º de la Ley 9/2002, de 30 de diciembre, de ordenación urbanística y protección del medio rural de Galicia (DOG 31 de diciembre), se dió traslado a la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda, teniendo entrada en ese organismo en fecha 29-7-2005.

Lo que se hace público para su ejecutividad, significándose que contra este acto, que agota la vía administrativa, podrá interponerse directamente por quienes se consideran legitimados el recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencio

so-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la publicación del texto íntegro de la disposición impugnada, conforme a lo establecido en los artículos 10.1º.6 y 46.1º de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

No obstante, también se podrá interponer cualquier otro recurso que los interesados estimen procedente con arreglo a derecho, significándole que el artículo 107.3º de la ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, según la redacción dada por la Ley 4/1999, de modificación de la anterior, no admite la interposición de recursos en vía administrativa contra las disposiciones administrativas de carácter general.

Pontevedra, 1 de agosto de 2005.

P.D.

Xosé Cesáreo Mosquera Lorenzo

Tenente alcalde delegado del Área de Urbanismo

Adolfo Castro Pérez

Secretario accidental